El delegado del Gobierno en Castilla y León, Miguel Alejo Vicente, ha hecho un llamamiento a la “responsabilidad para que antes del 31 de julio se proceda a dar de alta en la Seguridad Social a todos aquellos trabajadores de Castilla y León que se encuentren fuera de la Ley y no se tenga que sancionar a ninguna empresa por incumplimiento de la misma”.
El empleo sumergido o trabajo no declarado perjudica, por un
lado, directamente a la competencia desleal que tales situaciones generan
respecto de la gran mayoría de las empresas españolas que actúan en el marco de
la legalidad común, dificultando sus propias posibilidades de crecimiento
dentro de dicho marco; y por otra parte, a la disminución, cuando no
eliminación, de las posibilidades de protección social de los propios
trabajadores afectados y de sus condiciones de vida y de trabajo, en un momento
en el que, precisamente, pueden ser más vulnerables ante las contingencias
diversas relacionadas con el ciclo económico. Además, estos comportamientos y
actitudes sociales dificultan la recuperación económica y los objetivos
nacionales de reducción del déficit público, precisamente cuando se aumentan
las necesidades del gasto en protección social.
Con el claro fin de acabar con estos perjudiciales
comportamientos, el Gobierno aprobó el pasado 29 de abril –publicado en el BOE
de 6 de mayo y convalidado el 26 de mayo en el Congreso de los Diputados- el Real
Decreto-Ley de Medidas para la Regularización y Control del Empleo Sumergido,
que tiene como objetivo estimular el afloramiento voluntario del trabajo no declarado.
Para conseguir ese fin último, el Real-Decreto busca, por un
lado, que la empresa dé de alta al trabajador en la Seguridad Social,
regularizando así su situación de acuerdo con la Ley. Y por otro lado, que el
trabajador, que ve así garantizados todos sus derechos laborales y sociales,
cumpla también con su obligación legal de declarar sus ingresos.
Periodo voluntario
El Real-Decreto establece un periodo de regularización
voluntaria, hasta el 31 de julio, para que el empresario dé de alta al trabajador
y ponerse al día, si fuera necesario, con el pago de la deuda. Una vez pasado
este tiempo, se reforzarán los sistemas de detección de estas infracciones, con
planes específicos de control por sectores de actividad, se aplicarán sanciones
más duras que las actuales y habrá una pérdida automática de ayudas,
bonificaciones y beneficios derivados de los programas de empleo.
Al respecto, el delegado del Gobierno en Castilla y León,
Miguel Alejo Vicente, ha hecho un llamamiento a la “responsabilidad para que
antes del 31 de julio se proceda a dar de alta en la Seguridad Social a todos
aquellos trabajadores de Castilla y León que se encuentren fuera de la Ley y no
se tenga que sancionar a ninguna empresa por incumplimiento de la misma”.
Rehabilitación de viviendas
El Real Decreto-Ley de Medidas para la Regularización y
Control del Empleo Sumergido recoge también una modificación de la actual
regulación de la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual
introducida en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo.
En concreto, se amplía el objeto de la deducción, que ya no
estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, como el
colectivo de potenciales beneficiarios, al incrementarse el límite anual de
base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20
euros anuales. Al mismo tiempo, se mejora la propia cuantía de la deducción,
elevándose del 10 al 20 por ciento y de 4.00 a 6.750 euros la base anual máxima de deducción. Igualmente, se
incrementa de 12.000 a
20.000 euros anual la base acumulada de la deducción.
La nueva regulación de la deducción resultará de aplicación en las obras que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2012.





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