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Nuevo Reglamento de Transporte Urbano de Viajeros

| 166 Miércoles, 27 de Abril de 2011 Tiempo de lectura:

La principal novedad es la comercialización del abono de discapacitados que supone un descuento del 52% sobre el billete ordinario

[Img #9890]Aprobado el Reglamento de Transporte Urbano de Viajeros y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, entra en vigor el  texto cuya principal novedad es la sustitución del carnet abono de pensionista por el  abono en formato tarjeta monedero, es decir, los mayores que dispongan de carnet abono de pensionista lo tendrán que sustituir por el nuevo formato en el plazo de seis meses.

Los interesados tendrán que solicitar al Ayuntamiento un nuevo abono de transporte adjuntando fotocopia completa de la declaración del Impuesto sobre la Renta del año anterior o certificado de la Delegación de Hacienda de no tener la obligación de realizar la declaración, y el certificado de la pensión que se perciba, y autorizar al Ayuntamiento,  en la solicitud, la posibilidad de consultar los datos catastrales  del solicitante. Además, si lo pide un matrimonio de manera conjunta se deberá aportar copia compulsada de las páginas del libro de familia donde  consten los titulares. Si uno de los miembros del matrimonio  no es pensionista se deberá incluir, además, vida laboral del solicitante no pensionista y el certificado que acredite que no percibe pensión alguna. 

Una vez aprobada la solicitud, cuando se retire el nuevo abono deberán entregar el carnet viejo. Señalar que el carnet abono pensionista actual tendrá validez hasta dentro de seis meses, una vez pasado ese tiempo no se admitirá.

Otra novedad es el comienzo de la comercialización del abono de discapacitados que supone un descuento del 52% sobre el billete ordinario. Los beneficiarios de esta tarifa serán las personas cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% de discapacidad global.

La solicitud de este abono se realizará en modelo normalizado, dirigida al Ayuntamiento, y se adjuntará fotocopia del DNI y copia compulsada del certificado oficial, conforme al dictamen del Centro Base correspondiente, en el que conste el grado de minusvalía. 

Este abono complementa al de personas con movilidad reducida que también se puede solicitar al Ayuntamiento y cuyos requisitos son tener un grado de minusvalía igual o superior al 33% de discapacidad global y 7 o más puntos de movilidad reducida, o tener baremo A, B o C.

 

 

 

 

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