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Castilla y LeónPresentar documentos públicos en la Unión Europea ahora será más sencillo.

Presentar documentos públicos en la Unión Europea ahora será más sencillo.

SegoviaDirecto.com | 112 Lunes, 06 de Septiembre de 2021 Tiempo de lectura:

 El Reglamento europeo 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se facilita la libre circulación de los ciudadanos, simplifica requisitos de determinados documentos públicos en la Unión Europea.

El Reglamento europeo 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se facilita la libre circulación de los ciudadanos simplificando los requisitos de presentación de determinados documentos públicos en la Unión Europea y por el que se modifica el Reglamento 1024/2012. La finalidad de esta medida es simplificar la circulación de determinados documentos públicos, poniendo final a procedimientos burocráticos como la apostilla o la traducción de los documentos públicos, cuando el documento esté redactado en una lengua oficial de la Unión Europea.

 

Esta exención no se aplica a los documentos relativos al estado civil expedidos sobre la base de los Convenios pertinentes de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC).

 

Tampoco hará falta traducción si se solicita al registro civil el impreso estándar multilingüe con la traducción del documento a la lengua del Estado miembro en el que se vaya a presentar. Este impreso no tendrá valor jurídico autónomo. Deberá presentarse siempre junto con el documento público que traduce. En todo caso, la traducción jurada seguirá siendo aceptada en todos los Estados miembros.

 

Los ciudadanos que lo deseen pueden seguir acogiéndose a otros sistemas por los que se exima de legalización o trámite similar a los documentos públicos, siempre que sean de aplicación entre los Estados miembros.

 

Esta exención se aplica a los siguientes hechos: nacimiento, defunción, el hecho de que una persona esté viva, nombre, matrimonio, divorcio, unión de hecho registrada, cancelación del registro de una unión de hecho, separación judicial o anulación de una unión de hecho registrada, filiación o adopción, nacionalidad, domicilio o residencia, ausencia de antecedente penales y sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo o en las elecciones autonómicas de otro Estado miembro.

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