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El Espinar podrá reabrir el interior de la hostelería

En Segovia capital, Riaza y Palazuelos de Eresma continuará cerrada

segoviadirecto.com | 348 Lunes, 19 de Abril de 2021 Tiempo de lectura:

La Junta de Castilla y León ha actualizado hoy, en reunión telemática de su Consejo de Gobierno, el listado de municipios de la Comunidad en los que, en aplicación del Acuerdo 33/2021, del pasado 5 de abril, se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.

 

Arévalo (Ávila); Ponferrada (León); Guardo (Palencia); y Laguna de Duero, Olmedo y Peñafiel (Valladolid) se añaden a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.

 

Por su parte, decae este régimen preventivo excepcional en Venta de Baños y Villamuriel de Cerrato (Palencia); Carbajosa de la Sagrada (Salamanca); El Espinar (Segovia) y Tudela de Duero (Valladolid)

 

La actualización hoy aprobada alcanza 31 términos municipales castellanos y leoneses: Arenas de San Pedro y Arévalo (Ávila); Burgos, Briviesca, Lerma, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); La Pola del Gordón, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo y Villablino (León); Palencia, Aguilar de Campoo, Cervera de Pisuerga y Guardo (Palencia); Salamanca, Béjar, Santa Marta de Tormes, Villamayor y Villares de la Reina (Salamanca); Segovia, Palazuelos de Eresma y Riaza (Segovia); Soria y El Burgo de Osma (Soria); y Valladolid, Aldeamayor de San Martín, La Cistérniga, Laguna de Duero, Olmedo y Peñafiel (Valladolid).

 

El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas para los municipios anteriormente mencionados tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 h de mañana, 20 de abril, siendo actualizado cada siete días.

 

Con tal fin, la Autoridad sanitaria autonómica realiza una labor continua de seguimiento y de evaluación de los indicadores sanitarios, sociales, económicos y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.

 

Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:

 

  • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
  • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
  • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

 

Además de este régimen agravado, en estos treinta municipios, al igual que en el resto de la Comunidad, se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, recogidas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

 

La Comunidad de Castilla y León mantiene su actual cierre perimetral y el toque de queda para la limitación de la movilidad ciudadana nocturna, entre las diez de la noche y las seis de la mañana; además, las reuniones personales, tanto en espacios abiertos como cerrados, ya sean de uso público o privado, están limitadas a cuatro personas, con las excepciones de convivientes y de aquellas actividades con regulación específica.

 

 

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