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Un Juzgado clausura la planta de compostaje de Fuentepelayo y condena al dueño a un año de cárcel por delito contra el medio ambiente

SegoviaDirecto.com | 810 Martes, 25 de Febrero de 2020 Tiempo de lectura:

El Juzgado de lo Penal Bis de Segovia ha dictado una sentencia, fechada el 21 de febrero de 2020, en la que clausura la planta de compostaje de Fuentepelayo y condena al dueño a un año de cárcel por delito contra el medio ambiente, según ha informado el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

[Img #54589]En concreto, el Juzgado condena a  J.F.C. como autor responsable de un delito contra el medio ambiente de Valorización y Transformación de Residuos, sin que concurra circunstancia alguna modificativa de la responsabilida penal, a la pena de un año de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; multa de doce meses con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad civil del art. 53 C.P. en caso de impago, e inhabilitación especial para el cargo de administrador o gerente en empresas dedicadas a la valoración o transformación de residuos por tiempo de dieciocho meses.

 

Además, condena a Agrogestión y Aplicaciones Medioambientales S.L. (AGRAMAN) por un delito contra el medio ambiente de Valorización y Transformación de Residuos, a la pena de multa de doce meses a razón de seis euros al día, clausura de los locales y las instalaciones por tiempo de dos años e inhabilitación por tiempo de dos años para obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

 

Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, J.F.C. y la entidad AGRAMAN deberán conjunta y solidariamente y a su costa llevar a cabo las tareas de limpieza necesarias de las parcelas en las que depositaron los resituos y lodos, limpieza de la acequia en la que realizaban el vertido de lixiviados y la gestión y compostaje de la totalidad de los residuos existentes en la planta y en las instalaciones. Con expresa imposición de las costas procesales a los acusados. La presente sentencia no es firme. Se puede interponer recurso de apelación en el plazo de diez días desde su notificación.

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