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Centrados gana la denuncia interpuesta al Alcalde popular de San Cristóbal de Segovia

SegoviaDirecto.com | 1603 Martes, 07 de Mayo de 2019 Tiempo de lectura:

La Junta Electoral acuerda requerir al Alcalde de San Cristóbal de Segovia para que cese de forma inmediata la distribución de la revista “Entérate” editada por el Ayuntamiento de dicha localidad por el que informa de las actuaciones llevadas a cabo por el equipo de gobierno los últimos cuatro años así como se proceda a retirar el mismo de su página web y de cualquier otro lugar de difusión pública.

[Img #51271]Habiéndose presentado por la formación política CENTRADOS un escrito ante la Junta Electoral de Zona de Segovia, exponiendo que el Ayuntamiento de San Cristóbal de Segovia, a través de la aplicación BandoMóvil y a través de correo postal, hizo llegar a los habitantes de dicho municipio un artículo en el que se informa de los logros obtenidos en los cuatro últimos años por el Ayuntamiento y comprobado por la página web del Ayuntamiento denunciado la veracidad de la denuncia, y visto lo que dispone el artículo cincuenta de la Ley Orgánica Electoral General:


Se entiende acreditado que el documento publicado en la página web de dicha Corporación Municipal -como así ha sido corroborado por esta Junta Electoral de Zona de Segovia- y que igualmente se dice haber sido entregado a los vecinos contiene claras alusiones a los logros obtenidos en la última legislatura y por ello es contrario al punto segundo del artículo 50 LOREG. (50.2. Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones)


El artículo citado impide realizar por los poderes públicos campaña durante el periodo electoral, comprendido entre la convocatoria de las elecciones y el día de la votación pues ello vulnera los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y el principio de igualdad entre los actores electorales, principios por los que debe velar la administración electoral conforme dispone el artículo 8 LOREG en relación con lo establecido en el artículo 50 y concordantes del mismo texto legal. En este sentido diversas resoluciones de la Junta Electoral Central que admite excepciones no aplicables al presente caso.


El documento denunciado exalta la gestión del gobierno municipal incidiendo en la imagen de los electores sobre la eficacia de la gestión municipal ejercida por los miembros de un gobierno con un determinado sentido político.
En palabras del candidato de Centrados a la alcaldía de San Cristóbal de Segovia, Juan Ángel Ruiz, “durante toda el mandato le he reclamado que no politizase el periódico municipal, y lo ha hecho reiteradamente, aprovechándose de su mayoría absoluta. Si quiere enumerar su gestión, que lo haga en periodo electoral y con el dinero del Partido Popular, pero no con el dinero de todos los vecinos, como lo ha estado haciendo durante estos 4 años”.

 

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