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Y SEÑALÓ QUE LOS PLANES DE JUBILACIÓN DE SEIS DIRECTIVOS FUERON SUPERIORES A LOS BENEFICIOS DE LA ENTIDAD EN 2010

El auto de reapertura fundamentó que “Caja Segovia y no BFA sufriría los perjuicios por las presuntas prejubilaciones excesivas de sus directivos”

SegoviaDirecto.com / Aarón Misis | 438 Lunes, 28 de Enero de 2019 Tiempo de lectura:

“Caja Segovia y no BFA sería la que sufriría los perjuicios por las presuntas prejubilaciones excesivas de sus directivos, siendo la Fundación Caja Segovia (FCS) la sucesora de la extinta Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia”. Así lo fundamentó el auto de reapertura del caso de las prejubilaciones millonarias de Caja Segovia, que juzga a once exdirectivos de la entidad hoy integrada en Bankia y a la aseguradora Caser por los presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal.

[Img #50183]Ese auto de enero de 2017, siendo su magistrado ponente Ignacio Pando, actual presidente de la Audiencia Provincial de Segovia, entendió ‘prima facie’ que “la Fundación Caja Segovia debe ser considerada como perjudicada” en base al informe remitido por el Banco Banco Financiero y de Ahorros (BFA), matriz de Bankia, pues según se expresa en dicho informe,  “no pasó a BFA lo relativo a aspectos institucionales de las Cajas y de sus Órganos de Gobierno y Comité de dirección, incluso el Director General (retribuciones, compensación de sus miembros, composición, actas, acuerdos, documentación soporte, etc.)”.

 

Asimismo, en el cuarto Fundamento de Derecho, el auto de reapertura recuerda el artículo 295 del Código Penal anterior a la LO1/2015, según el cual no se exige que los actos que originan el abuso sean contrarios a la ley, sino que lo que deben ser es perjudiciales a la sociedad.

 

Otra de las cuestiones que señala dicho auto es que “la garantía de los planes de jubilación de seis empleados equivalía a más de la totalidad de los beneficios de la entidad”. Se refiere a los más de 17,1 millones de euros que se desembolsaron para las pólizas de seguro de los exdirectivos, abonadas con cargo al ejercicio 2010. Ese año, los beneficios de Caja Segovia se vieron reducidos a menos de la mitad de los del año anterior, a unos 16,6 millones de euros. Otras contabilizaciones, por su parte, aseguran que ese año la entidad registró un importantísimo deterioro patrimonial.

 

En el inicio del juicio oral del caso, el pasado martes 22 de enero, algunas de las argumentaciones de los letrados de la defensa sostuvieron que la Fundación Caja Segovia, que sucedió a Caja Segovia tras su integración, no puede ser acusación particular, al no ser perjudicada “porque Caja Segovia ya no existía”. Sin embargo, en esa transición, lo que quedó de la entidad posibilitó que sus directivos se siguieran inyectando cantidades millonarias.


El objetivo de las defensas en las cuestiones previas es no considerar a la Fundación Caja Segovia como directamente afectada, para eliminar su condición de acusación particular y poder así archivar el caso invocando la Doctrina Botín, al no existir acusación por parte de la Fiscalía de Segovia.

 

 

 

 

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