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LA GUARDIA CIVIL DETUVO AL CIUDADANO EN LA MADRUGADA DEL SÁBADO AL DOMINGO

Un hombre español de 56 años es investigado por conducir por la SG-20 bajo la influencia de alcohol y drogas

SegoviaDirecto.com | 63 Miércoles, 06 de Septiembre de 2017 Tiempo de lectura:

La prueba de alcoholemia arrojó un resultado de 1,01 y 1,03 mg/l -muy superior a los 0,25 y 0,60 que marcan la infracción y el delito- de aire espirado y el test de drogas al que fue sometido dio positivo por anfetaminas.

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La Guardia Civil ha investigado a un hombre de nacionalidad española, de 56 años, como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir superando las tasas de 0,25 y 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, lo que supone infracción y delito, respectivamente, y por conducir bajo la influencia de sustancias psicotrópicas.

 

El conductor fue detectado en la madrugada del sábado al domingo por los componentes de un Equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Segovia, cuando circulaban patrullando por la SG-20 y vieron cómo el vehículo realizaba una circulación irregular, haciendo zig-zag.

 

Una vez detectada la circulación del vehículo en estas condiciones y tras ordenar su detención, los componentes de la patrulla apreciaron que el conductor presentaba signos evidentes de la influencia de la ingesta de alcohol en su comportamiento, y por tanto en su capacidad para la conducción del vehículo, por lo que fue sometido a la prueba de alcoholemia en la que arrojó un resultado de 1,01 y 1,03 mg/l de aire espirado. Además, el conductor fue sometido a la prueba de detección de presencia drogas en el organismo, dando resultado positivo en anfetaminas. Tras instruir las correspondientes diligencias por el delito descubierto, fueron remitidas al Juzgado de Guardia de Segovia.  

 

El artículo 379.2 del Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses, o con la de multa de seis a doce meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas, y en todo caso al que al que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro.

 

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