Segovia estará dividida en 14 unidades básicas de ordenación y servicios del territorio.
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Esta mañana se ha dado el último paso para aprobar los mapas de las unidades básicas de ordenación del territorio (UBOST) y, con ello, el trámite necesario para culminar el nuevo modelo de Ordenación del Territorio en la Comunidad, con la aprobación del proyecto de ley en el Consejo de Gobierno.
Las prioridades de este proyecto para la Junta son aprobar el mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio de Castilla y León, garantizar los servicios públicos autonómicos en el medio rural, flexibilizar algunas cuestiones del modelo de Ordenación del Territorio y facilitar la aprobación de las Áreas Funcionales Estratégicas para, sobre estas, elaborar el Plan Plurianual de Convergencia Interior y regular el Fondo de Compensación Autonómico.
El proyecto de ley efectúa la aprobación del mapa de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, que se incluye como un anexo. En total, existirán en Castilla y León 193 unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, 16 urbanas y 177 rurales. Cada una de ellas integrarán un promedio de 12,8 municipios y una población promedio de casi 6.460 habitantes. En Segovia, el número de unidades será 14, incluida la que implica a la propia capital, a las que se ha denominado: Mar de Pinares Carracillo, La Churrería, La Cuesta-La Paramera, Pedriza-Duratón, Segovia Nordeste, La Campiña, Los Arenales-Río Pirón, Entre Ríos, La Sierra, Moros Voltoya, La Atalaya, Campo Azálvaro, El Espinar-San Ildefonso y Segovia.
El texto garantiza una serie de cuestiones, como son, por un lado, el mantenimiento de los servicios públicos de competencia autonómica en el medio rural, incluso, en el caso de que actualmente existan dos centros de salud en una UBOST -explícitamente, se garantiza su mantenimiento- y, por otro, el volumen de prestación de servicios en cada una de las provincias. También garantiza el derecho de los municipios a constituir las nuevas mancomunidades de interés general y/o mantener las mancomunidades actualmente existentes, así como la continuidad de las Comunidades de Villa y Tierra y el derecho de todas ellas a recibir ayudas de la Administración de la Comunidad.
Además, el proyecto de ley aprobado garantiza la adaptación de las rutas de transporte interurbano al mapa de UBOST, debiéndose priorizar la comunicación con los municipios en los que se presten servicios públicos esenciales de competencia autonómica. Entre otras cuestiones, además, se permite que los municipios que pertenezcan a una UBOST de otra provincia puedan pertenecer a una mancomunidad de interés general de la suya o se establece un margen de coincidencia de hasta el 50 % en la constitución de las nuevas mancomunidades de interés general para los servicios locales. A su vez, da flexibilidad a la norma, al determinar que la cartera común y homogénea de competencia y funciones de las mancomunidades de interés general rurales esté integrada por dos bloques: uno con las competencias y funciones mínimas y otro con las que cuya asunción será de carácter voluntario.
Con la aprobación del mapa de UBOST, se da también cumplimiento al Estatuto de Autonomía, al facilitar la aprobación de las Áreas Funcionales Estratégicas, cuya delimitación deberá estar definida en los seis meses desde la aprobación de esta ley, sobre las que elaborar el Plan Plurianual de Convergencia e Interior y regular el Fondo Autonómico de Compensación, instrumentos cuyo objetivo común es hacer frente a los desequilibrios demográficos o económicos entre los distintos territorios de la Comunidad y para lo que el proyecto de ley establece un plazo adicional de seis meses.







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