De un total de 470 menores autorizados a trabajar en rodajes de anuncios y películas, espectáculos teatrales o desfiles de moda en todo Castilla y León, 118 han sido requeridos en la provincia de Segovia.
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La Consejería de Empleo, a través de la dirección general de Trabajo y las autoridades laborales provinciales, ha autorizado durante los últimos 5 años la intervención de casi 470 menores en espectáculos públicos, previo proceso de autorización de la autoridad laboral de Castilla y León, de los cuales 118 han sido necesitados en la provincia de Segovia.
No en vano, Segovia, tras Ávila con 190 contratos autorizados, es la provincia que ha registrado el mayor número de autorizaciones en la Comunidad. Un ballet ruso en Ávila que necesitó la participación de 112 niños o musicales como ‘Sonrisas y Lágrimas’, ‘Los Miserables’ o ‘La bella y la bestia’ han sido algunos de los espectáculos en los que han actuado estos menores.
También se han autorizado intervenciones de menores en distintos largometrajes como ‘Tarde para la ira’, ‘Las ovejas no pierden el tren’, ‘Todo mujer’ o ‘Pasaje de vida’; en series de televisión como ‘Bajo sospecha’, ´Cuéntame cómo pasó’, ‘La Española Inglesa’, ‘Carlos V Rey Emperador’ y en la grabación de spots de publicidad de Campofrío, Toyota o Movistar.
Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 6 permite la intervención de menores en espectáculos públicos condicionada a la obtención de autorización administrativa y lo establecido en el artículo 6.4: “la intervención de los menores de dieciséis años en espectáculos públicos sólo se autorizará en casos excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana; el permiso deberá constar por escrito y para actos determinados.”
Por tanto, la relación laboral ha de ser establecida a partir de la iniciativa de los padres o de los representantes legales que han de presentar una solicitud ante la autoridad laboral, acompañada del consentimiento del menor, si este tuviera suficiente juicio.
La Unión Europea recomienda que no se emplee a niños para participar en espectáculos públicos, más que en los casos enumerados expresamente por la legislación y con la autorización previa, concedida individualmente, de la autoridad. Respecto al trabajo nocturno de los menores, tanto la legislación nacional como la de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo prohíben, autorizándolo en casos excepcionales y con límites: 3 noches por semana y con descanso de 16 horas consecutivas.






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