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TRAS EL PERIODO DE TRANSICIÓN, DOS CÁMARAS VIGILARÁN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA

Ya está en vigor el nuevo horario de carga y descarga: La Calle Real tendrá que estar libre antes de las 10:15 h.

SegoviaDirecto.com | 536 Lunes, 04 de Abril de 2016 Tiempo de lectura:

El Boletín Oficial de la Provincia de 1 de abril publicó la modificación de la Ordenanza de Circulación de Segovia sobre los horarios para carga y descarga de mercancías en el eje Calle Real-Azoguejo-Fernández Ladreda. Esto significa que la normativa municipal ha entrado en vigor el 2 de abril.

[Img #32963]A partir de ahora, las operaciones de carga y descarga se podrán realizar en el siguiente horario: Zona A1, calle Isabel la Católica, Juan Bravo y Cervantes (Calle Real) de 7:30 a 10:00 horas, teniendo que haber salido de la calle a las 10:15 horas. La Calle Real tendrá que estar libre de vehículos a esa hora.

 

Para la Zona A2 que comprende los viales situados en el Recinto Amurallado (Zona ORA, Plaza Mayor) y la calle San Juan el horario será de 7:30 a 11:15 horas, teniendo que estar libres de vehículos a las 11:30 horas.

 

La Zona B1, es decir, la plaza del Azoguejo, se podrá cargar y descargar de 8:00 a 10:45 horas, debiendo quedar libre a las 11:00 horas.

 

Con estas medidas el Equipo de Gobierno pretende reducir los riesgos para los peatones que transitan por la zona y eliminar la imagen caótica de la zona centro de la ciudad y los riesgos para el rico patrimonio histórico.

 

Agentes de Policía Local harán seguimiento e informarán a los transportistas


 
Desde su entrada en vigor, agentes de la Policía Local realizarán un seguimiento del cumplimiento de la norma municipal, informando a los transportistas de mercancías de los nuevos horarios, con el fin de conseguir adecuar su actividad con la nueva realidad de forma progresiva y natural.

 

Superado el periodo de transición, entrarán en funcionamiento las cámaras de control de acceso de vehículos instaladas por el Ayuntamiento en la entrada y salida de la Calle Real.

 

Como establece la Ordenanza de Circulación el incumplimiento de lo establecido se considera "sanción leve" y conlleva una multa de 80 euros.

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