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NUEVO REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE VIVIENDA SOCIAL

El Ayuntamiento cuenta con un nuevo reglamento de adjudicación de viviendas municipales de carácter social

Zoquejo.com | 76 Domingo, 28 de Febrero de 2016 Tiempo de lectura:

Los solicitantes deberán tener abierto un expediente en los Servicios Sociales Municipales y éstos darán prioridad a los colectivos de especial protección.

El Ayuntamiento de Segovia cuenta, tras su aprobación por acuerdo unánime de la Corporación en el Pleno, con el nuevo reglamento de adjudicación de viviendas municipales de carácter social.

 

El Ayuntamiento dispone, en la actualidad, de un parque de 122 viviendas ocupadas todas salvo un pequeño número que en estos momentos se encuentra pendiente de reforma o recuperación. Gran parte de ellas están ubicadas en la calle La Dehesa y el resto distribuidas por diferentes barrios de la ciudad. Se destinan a fines sociales, en régimen de alquiler, y los beneficiarios son familias en las que se ha constatado la necesidad.

 

El reglamento, eminentemente técnico, tiene como fin reconocer a los demandantes de una vivienda social la garantía de objetividad, imparcialidad y adecuación entre la oferta de vivienda del parque inmobiliario municipal existente, con las características de ocupación y disponibilidad social del usuario. En el documento figuran los criterios que se tendrán en cuenta como la ubicación más idónea de las familias, su mejor adecuación al entorno y  las características de las edificaciones.

 

Las viviendas se destinarán a domicilio habitual

Los solicitantes deberán cumplir, entre otros requisitos, tener ingresos familiares entre el 0,5 y 2,5 veces el IPREM; estar empadronados en la capital al menos con dos años de antigüedad y no ser titular (ningún miembro de la familia) de otra vivienda. Por su puesto, deberán tener abierto un expediente en los Servicios Sociales Municipales y éstos darán prioridad a los colectivos de especial protección.

 

Cada solicitud de inscripción, el modelo oficial, se incorporará al Registro Permanente de Solicitante de Vivienda Municipal para poder entregar las casas que queden libres o aquellas que se incorporen al parque inmobiliario.

 

Este documento sustituye el acuerdo de Junta de Gobierno de julio de 2012, modificado en dicha Junta en marzo de 2014, utilizado hasta la fecha para la concesión de estas viviendas.

 

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