Unión Progreso y Democracia (UPyD) de Segovia ha hecho pública este viernes una nota de prensa en la que pide al juez que revoque el nombramiento de López Estebaranz (Verae) como administrador concursal de Segóbrida del Eresma. A continuación se reproduce la nota íntegra.
"Desde hace tres años, UPyD de Segovia viene denunciando que uno de los asuntos más escandalosos del caso Caja Segovia, del que forma parte la sociedad Segovia 21, fue la connivencia entre ésta y Segóbrida del Eresma. Como analizamos en diferentes notas de prensa, hubo un trato de favor de Segovia 21 a Segóbrida, sociedad en la que participaban algunos empresarios muy próximos al PP castellano-leonés.
Segovia 21 sigue controlada hoy por el Partido Popular, máximo responsable tanto de la desaparición de Caja Segovia, como del desastre ecológico y económico que ha supuesto la destrucción de una finca de todos. Ahora el PP, a través de una empresa que ellos han designado alineada al Partido Popular provincial (Verae), gestiona la sociedad Segovia 21 que se encuentra al borde de la quiebra. Por eso, si existe alguna esperanza de que esas relaciones espurias entre las dos sociedades puedan saltar a la luz, no pasa precisamente porque se designe administrador concursal de Segóbrida a una persona con vinculación con otra sociedad con la que puede llegar a tener un conflicto evidente. Colocado en los dos lados el mismo gestor no se va a pegar consigo mismo para desvelar un asunto que puede perjudicar políticamente a sus jefes.
Pero aún en el difícil supuesto de no hubiera conflicto de intereses entre las dos sociedades, el nombramiento seguiría siendo escandaloso, porque lo que no se quiere es que alguien descontrolado o independiente pueda analizar detenidamente lo que ha pasado ahí. Y es escandaloso porque ese nombramiento lo ha hecho el juez. En estos tiempos que corren, cuando todas las instituciones están tan desacreditadas, incluida la Administración de Justicia, debería esperarse de nuestros jueces un poco más de prudencia y sensibilidad.
En cualquier caso el art. 28 de la Ley Concursal dice:
No podrán ser nombrados administradores concursales quienes no puedan ser administradores de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, "ni quienes hayan prestado cualquier clase de servicios profesionales al deudor o a personas especialmente relacionadas con éste en los últimos tres años"
¿Su sociedad Verae no presta servicios a Segovia 21?
Ante esta situación desde Upyd solicitamos al titular del Juzgado Mercantil, que revoque el nombramiento como administrador concursal del Sr. López Estebaranz".
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