El Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Segovia ha dictado sentencia por la que desestima el recurso interpuesto por el sindicato de Enfermería SATSE y la Federación de Servicios Públicos de UGT contra la Gerencia Regional de Salud, por la resolución a través de la que se unificaron las urgencias de Atención Primaria de Segovia en el Punto de Atención Continuada de San Lorenzo.
Como indica la sentencia, “la finalidad de la creación de servicios comunes tiene como uno de sus ejes la distribución racional de los medios, siempre limitados, de los que dispone la administración sanitaria y, por otro lado, debe posibilitar que la respuesta sanitaria a la población a la que atiende –calidad asistencial- no se vea mermada”, debiendo garantizar el mejor nivel de prestación de servicios sanitarios. También señala que “la prestación asistencial no decae cuando se unifican los servicios”.
Para la Junta de Castilla y León, queda confirmado que "la puesta en funcionamiento del Punto de Atención Continuada de San Lorenzo, en el que se unificaron los PAC de Segovia Rural y SUAP, se justificó en la mejora de la asistencia sanitaria a los usuarios. Con esta medida se centralizaron los dos servicios abiertos en ese momento en un mismo espacio físico, con medios e instalaciones más modernas, que proporcionan una adecuada utilización racional de los recursos, evitando su dispersión, al mismo tiempo que se garantiza la prestación continua de la atención sanitaria, y se facilita la accesibilidad de la población. En este sentido, se garantiza la existencia permanente de al menos un profesional sanitario en el centro haciendo que la respuesta a la solución de los problemas de asistencia urgente demandados por los usuarios se produzca, pues, de manera más ágil, con mayor eficacia y capacidad resolutiva por los profesionales sanitarios".





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