El juez del Juzgado de Instrucción nº 5 de Segovia ha dictado Auto (con fecha 2 de diciembre) en el que se imputa formalmente la comisión de un presunto delito societario a todos los consejeros del Consejo de Administración de Caja Segovia participantes en la reunión del mismo, de fecha 17 de julio de 2012, y se acuerda recibirles declaración como tales imputados el próximo día 5 de febrero de 2014.
La imputación se basa en que el Consejo de Administración de Caja Segovia adoptó un acuerdo para solicitar de Banco Financiero y de Ahorros S.A. un préstamo con garantía hipotecaria por importe de 6.864.611,04 euros, que se concretó en escritura pública otorgada ante un notario de Segovia; entre los bienes hipotecados en garantía del préstamo se encuentra uno de los bienes que pertenecen a Caja Segovia y es símbolo también de la ciudad: el Torreón de Lozoya.
El importe del préstamo se destinó a garantizar el pago de la deuda tributaria atribuida a Navicoas Asturias S.L. en virtud de acta de inspección con acuerdo incoado por la Agencia Tributaria el día 20-7-2012 a la referida entidad Navicoas, en cuanto obligado tributario en calidad de sucesor de la entidad Rubiera Prefabricados para la Edificación S.A. por el concepto impuesto de sociedades y por el periodo 2007.
El depósito lo constituyó Caja Segovia a favor de la Agencia Tributaria ante, parece ser, la negativa de Bankia a asumir esa responsabilidad como derivada del contrato de integración y la posibilidad de que a Caja Segovia le fuera exigida responsabilidad al amparo del artículo 43 de la LGT como administrador de hecho o de derecho de Navicoas Asturias S.L., ya que Caja Segovia participaba en un 50% de la entidad Navicoas Asturias S.L. a través de la entidad Sociedad Inversiones y Desarrollos 2069 Madrid S.L., participada en un 100 por 100 por Caja Segovia. La entidad Navicoas Asturias S.L., cuando se incoa el acta de inspección con acuerdo por la Agencia Tributaria, ya estaba declarada en situación concursal en virtud de auto de fecha 10-11-11 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ( autos 477/11 ).
El Juzgado considera que el Consejo de Administración de Caja Segovia, al concertar el préstamo con garantía hipotecaria a los fines mencionados, lo hizo sin una base legal sólida y en grave perjuicio económico de la entidad Caja Segovia. Considera que el Consejo de Administración no actuó de la mejor de las formas a la hora de velar por los intereses de la Caja, de sus socios y de sus depositarios, porque por un lado se endeudó ( a través del préstamo hipotecario ) para solventar la deuda tributaria de una empresa participada que ya estaba declarada en concurso de acreedores, sin que la Agencia Tributaria hubiera dirigido responsabilidad subsidiaria alguna frente a Caja Segovia; y por otro, no está en modo claro que de esa deuda, si es que se debía responder, no tuviera que hacerlo el Banco Financiero y de Ahorro S.A. o Bankia, en vez de tenerlo que hacer Caja Segovia.
El Juez de Instrucción nº 5 de Segovia ha dictado este auto tras las diligencias penales previas que se incoaron en virtud de escrito-denuncia presentado por diez ex consejeros del Consejo de Administración de Caja Segovia, por presuntos delitos de falsedad documental y societario, contra el ex Director General y el ex Presidente de aquella entidad.






Verdugo | Jueves, 05 de Diciembre de 2013 a las 11:54:15 horas
Para qué van a poner nombres Berlanga, si no se enteraban de nada. Lo mismo no fueron ese día y se enteraron de que estuvieron cuando miraron el pago de la dieta correspondiente (como poco más o menos un sueldo base de currito).
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