Ante la convocatoria por parte de las organizaciones sindicales de una huelga general el próximo 29 de marzo, la Federación Empresarial Segoviana (FES) y todas sus Agrupaciones y Asociaciones integradas quieren trasmitir su preocupación por el impacto muy negativo que esta convocatoria puede tener para la actividad económica, la creación de empleo, la imagen de España en el exterior y la confianza de los inversores.
FES considera que esta respuesta, la convocatoria de huelga, no es la más oportuna porque rompe el clima de diálogo y negociación en el contexto de la tramitación parlamentaria al que está sometida la reforma laboral, que en todo caso y según el criterio de las organizaciones empresariales, es necesaria para modernizar el marco de relaciones laborales en España y homologarlo con el que existe en los principales países del entorno europeo
A juicio de la Federación y de sus Agrupaciones y Asociaciones integradas, se trata de una convocatoria de huelga con claros tintes políticos porque se dirige contra decisiones legales, las tomadas por el Gobierno central en el ejercicio de sus funciones.
Con la altísima tasa de paro actual, una urgente necesidad de recuperar la competitividad perdida y una estrecha vigilancia por parte de los mercados financieros y de las instituciones europeas, una huelga general es altamente inoportuna y reduce las posibilidades de salir de la crisis.
El papel de FES y de las empresas
La pasada semana, FES distribuyó entre todos sus asociados una circular informativa con algunas recomendaciones básicas sobre la huelga general, documento que los socios pueden consultar íntegramente en el portal web www.fessegovia.es.
Dado que se trata de un derecho constitucional, no se podrá imponer a los trabajadores sanción alguna por seguir la huelga, salvo que se incurriera en falta laboral. La huelga consiste, única y exclusivamente, en la cesación en el trabajo. Por consiguiente cualquier cosa distinta de esta falta de actividad (ocupación de los locales o centros de trabajo, bloqueo de accesos, etc.), no debe ser consentida y puede constituir falta laboral.
Cuando exista peligro para las instalaciones o el volumen de inasistencia al trabajo fuere de tal envergadura que impidiere el normal desenvolvimiento de la empresa, el empresario podrá hacer uso de su derecho de "cierre patronal", previa comunicación a la Oficina Territorial de Trabajo de la Junta de Castilla y León (Plaza de la Merced, 12).
Si se produjera algún tipo de incidente, presión, etc., por parte de los que secunden la huelga, o de los llamados "piquetes informativos", FES pide a todos los asociados que le comuniquen estas incidencias o bien lo hagan directamente poniéndose en contacto con la Comisaría de Policía (capital, 091) o Guardia Civil (provincia, 062).
Con el fin de evitar el bloqueo de puertas y accesos, algo que viene ocurriendo aunque de forma más bien anecdótica en las últimas convocatorias, se aconseja la utilización de aceite o vaselina en las cerraduras.
Para FES es una prioridad que se respete el derecho al trabajo de quien decida no sumarse a la huelga, y por tanto va a estar vigilante en este sentido. La Federación pone a disposición de sus socios su Departamento Jurídico para cualquier consulta antes, durante y después de esa jornada, y a su vez cuenta con el apoyo de los servicios técnicos de CEOE y de CEPYME.
El seguimiento de la huelga, tanto en el aspecto de incidencias como de participación, se realizará de forma coordinada entre las organizaciones territoriales y las nacionales.
Las empresas deberán estar abiertas al iniciarse y durante la jornada del día 29, para hacer posible la entrada de los trabajadores que deseen hacer uso de su derecho constitucional de trabajar y no quieran secundar la convocatoria de huelga, derecho que debe ser recordado al personal de la plantilla mediante el aviso correspondiente.
La actitud de los empresarios no debe ser de pasividad ante la huelga, de manera que no deben considerarse las horas de trabajo del día de la huelga por otras fórmulas (vacaciones, cambio de turnos, etc.), en días precedentes o sucesivos.
La Dirección de la empresa en colaboración con los representantes de los trabajadores habrá de designar las personas necesarias para el cumplimiento de los servicios mínimos de mantenimiento y seguridad necesarios para garantizar la seguridad de las personas y las cosas, mantenimiento de los locales, maquinaria, instalación, materias primas y cualquier otra atención necesaria para la reanudación de la actividad. Si los representantes de los trabajadores no cooperan, circunstancia de la que debe quedar constancia, el empresario podrá efectuar la designación.






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