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Y LE CONDENA A DEVOLVER LAS CUOTAS PAGADAS CON INTERESES

El juez declara nulas las contribuciones especiales del Ayuntamiento de Nava de la Asunción en 2009, desvela el PSOE

Zoquejo | 686 Viernes, 30 de Diciembre de 2011 Tiempo de lectura:

El Juzgado Contencioso/Administrativo Nº 1 de Segovia ha dictado una Sentencia por la que declara la nulidad del Acuerdo de Imposición y Ordenación de Contribuciones Especiales del año 2009, que el Ayuntamiento de Nava de la Asunción adoptó, condenando a dicho Ayuntamiento a devolver a los recurrentes las cantidades abonadas, más los intereses legales desde la fecha de abono, según ha desvelado el PSOE.

[Img #12664]Con esta sentencia se da la razón al Grupo de Concejales Socialistas, que siempre habían mantenido el criterio de que se estaba cometiendo una ilegalidad, con múltiples irregularidades tanto en el acuerdo municipal como en la tramitación del mismo. Aunque la Sentencia podría haber sido recurrida al Tribunal Superior de Castilla y León, el Alcalde ha debido ver imposible poderla recurrir, por los poderosos argumentos que el Juez manifiesta.

Entre los argumentos que indica el Juzgado para anular el Acuerdo que los Concejales del PP tomaron, están los siguientes:

- El acuerdo provisional tomado por el Ayuntamiento no contiene las cantidades que corresponden a cada uno de los sujetos pasivos, sino que tiene exclusivamente los metros de fachada que tiene cada uno.

- Las notificaciones individuales no contienen una individualización de las cuotas correspondientes a cada sujeto pasivo, ni siquiera aquí se indican los metros lineales correspondientes.

- En la ejecución de las obras, cuyo inicio fue anterior a la finalización del proceso de notificaciones, existe un acta de replanteo de fecha 30-10-2009 y posteriormente existe otro acta de comprobación del replanteo con fecha 16-12-2009.

- No se les indicó a los contribuyentes las cuotas que les correspondía abonar provisionalmente.

Las obras dieron comienzo a finales de 2009 y la aprobación definitiva de la imposición y ordenación de las Contribuciones Especiales tuvo lugar el 5 de febrero de 2010. Siendo la primera comunicación a los vecinos sobre las cuotas asignadas individualmente en julio de 2010.

-Dice el Sr. Juez que “Es claro que la Administración demandada incumplió la obligación inexcusable de notificar individualmente a los sujetos pasivos de las Contribuciones Especiales, el acuerdo de imposición y ordenación, en el que debe figurar entre otros elementos, las cuotas asignadas individualmente, para que puedan interponer recurso sobre los diferentes elementos …., este requisito ha sido entendido pacíficamente por la jurisprudencia como un requisito esencial, que vicia de nulidad por provocar indefensión en los interesados, la liquidación efectuada”.

Por todo ello en la Sentencia se manifiesta estimar el recurso contencioso administrativo nº 76/2010 formulado por el Letrado de los recurrentes, contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Nava de la Asunción, condenando a la Administración demandada a devolver a los recurrentes las cantidades abonadas, más el interés legal desde la fecha del abono.

    Los hechos se remontan a noviembre de 2.008, cuando el Grupo Popular del Ayuntamiento de Nava de la Asunción aprobó la Imposición y Ordenación de Contribuciones Especiales por ejecución de las obras de urbanización de varias calles.
    
Los concejales del PP aprobaron, por primera vez en el Ayuntamiento de Nava de la Asunción, el pago de las Contribuciones Especiales, con el fin de que los vecinos tuvieran que pagar el arreglo de sus calles.

Los concejales Socialistas nos opusimos totalmente a la decisión porque la encontrábamos injusta desde todo punto. Existían importantes desigualdades entre los vecinos que llevaban viviendo en esas calles más de 30 años y seguían con la calle sin pavimentar, mientras que se habían ido arreglando otras calles, siempre a costa del Ayuntamiento. Ahora estos vecinos tenían que pagar los arreglos. Ciertamente esta situación en sí, a priori, no se puede considerar ilegal, pero si que era totalmente injusta.

Pero ya entonces percibimos, y así consta en el acta de aprobación, que el simple baremo de los metros lineales de fachada, que el Alcalde había elegido para el cobro de las contribuciones, no era equitativo ni tampoco se ajustaba a lo que la Ley establecía, puesto que el hipotético beneficio de los afectados era muy diferente y no se ajustaba exclusivamente a ese parámetro. Después vendría la tramitación, que ha sido totalmente un despropósito.

El descontento vecinal aumento aún más, cuando el Alcalde hizo parte del arreglo de su calle y la de un concejal del PP, con el Plan E del año 2.009, esta vez sin que estos selectos vecinos aportaran cantidad alguna a la obra.

En el año 2009, los Concejales del PP volvieron a tomar un acuerdo similar, imponiendo, con el mismo sistema, también Contribuciones Especiales a los vecinos por el arreglo de sus calles. Una tramitación idéntica a la anterior, con las mismas desigualdades e irregularidades.

De la misma forma aquí volvieron a comunicar a los vecinos el acuerdo tomado por el Ayuntamiento cuando ya las obras se habían iniciado. Además también en este ejercicio el Alcalde se saltaba la obligación que tenía de comunicar las cantidades individuales que correspondían a cada vecino, sin aceptar los recursos interpuestos.

El Grupo Municipal Socialista, que en todos los Plenos que se trató el tema se opuso a la aprobación de esos acuerdos, reiteró una y otra vez las desigualdades y presuntas irregularidades que se estaban produciendo y por ello propuso en el Pleno que trató las alegaciones presentadas por los vecinos, que se anularan dichas contribuciones debido al cúmulo de despropósitos que se habían producido.

Al no aceptar los concejales Populares dicha propuesta  de anulación, y viendo que se estaba cometiendo una auténtica injusticia, además de varias irregularidades que podían hacer que los acuerdos fueran nulos, los Socialistas acudimos, ya en el año 2010, al Procurador del Común para que interviniera en el proceso.

 Hasta tal punto fue el desorden, que las obras referentes a las Contribuciones del año 2008 se comenzaron y se fueron certificando varios meses antes de que se les comunicara a los propios afectados, desconociendo éstos que tenían que pagar las calles que estaban viendo hacer. La comunicación se les envió seis meses después de aprobado el acuerdo. Una situación parecida a la que se volvió a repetir en el año 2009.

En el año 2008 las cantidades a pagar por cada uno de los vecinos osciló entre los 800€ y los 8.000€, totalizando 77.534,12€ que éstos aportaron a la obra. Y en el año 2009 aportaron 21.618,30€.

A pesar de las advertencias que los Concejales Socialistas hicimos en los diferentes Plenos en los que se tomaron acuerdos relacionados con el tema, de que se habían producido multitud de irregularidades que eran causa de anulación de los acuerdos, no se nos hizo caso en absoluto.

Ni siquiera se tuvo en cuenta la Resolución del Procurador del Común de Castilla y León que a instancia de los propios Concejales Socialistas manifestó, con fecha 30 de noviembre de 2010, en una Resolución hecha al efecto, lo siguiente:

“Que en atención a la nulidad de pleno derecho del Acuerdo de Imposición y Ordenación de Contribuciones Especiales para las obras de urbanización de varias calles en 2.008, habida cuenta que su tramitación no se ajusta a la normativa vigente en los términos descritos, se proceda, por parte del Ayuntamiento de Nava de la Asunción (Segovia), a dejar sin efecto el mismo, así como el expediente de contribuciones especiales y, en consecuencia, los actos de recaudación que traen causa de éste último.”

El Alcalde no hizo ningún caso a esta Resolución del Procurador del Común, y ha tenido que ser ahora el Juez quien ponga las cosas en su sitio.

Es sorprendente que el proceso, que no tiene más aplicación que el guión de la Ley, y que por lo tanto es lo más fácil de aplicar, es en lo que se ha cometido las irregularidades que ahora indica el Juez. Más aún cuando el Alcalde de Nava de la Asunción tiene como profesión ser Secretario de Administración Local.

Indicar que han sido tres los particulares que han tenido valor para recurrir el acuerdo, y que ahora el Juez les ha dado la razón, anulando dicho acuerdo, siendo afectados del año 2009. La sentencia es propiedad suya, con la posibilidad de que el resto de afectados se puedan adherir a ella. Que a pesar de que en el año 2008 se tomó un acuerdo similar, incluso con mayor desfase en el inicio de las obras y las comunicaciones, que fue mucho anterior dicho inicio de obras a la comunicación a los vecinos de las Contribuciones Especiales, y que sería con toda seguridad anulado también, no fue recurrido por ningún afectado al habérseles pasado el plazo legal para dicho recurso, según han manifestado los propios implicados.

Ahora todos los afectados, los del año 2008 y 2009, esperan que se les aplique la nulidad de los dos acuerdos y se les devuelvan las cuotas abonadas  a los de los dos ejercicios, dada la similitud en la tramitación y entendiendo que el Alcalde ha cometido las mismas irregularidades en la tramitación de los dos acuerdos. Al parecer el Alcalde ha manifestado que solamente devolverá las cuotas a los afectados del 2009.

También destacar que los Concejales Socialistas habíamos recogido en el Programa Electoral de las últimas elecciones municipales, la propuesta de devolución de las cuotas de los dos años indicados, por considerarlas ilegales, con el informe previo y preceptivo del Consejo Consultivo de Castilla y León, lo que nos acarreó las críticas del Alcalde, por hacer  tal propuesta.

Ahora los Concejales Socialistas solicitaremos la devolución de las cuotas de los dos años, por ser idéntica su irregular tramitación, así como que el Alcalde y los concejales que aprobaron y tramitaron irregularmente los expedientes, abonen de su bolsillo todos los gastos que el Ayuntamiento, por la ineptitud en dicha tramitación, va a tener que aportar de sus fondos y que ascienden a unos 100.000€.

Creemos que un Alcalde que le está costando a este Ayuntamiento más de 55.000€ al año debe hacer las cosas bien, y no que, por su ineptitud en la tramitación de los expedientes,  tenga que ser todo el municipio quien los pague.

Cada vez que un político cometiera una irregularidad de este tipo, en la que se tramita mal un expediente y por ello es nulo, y eso trae como consecuencia que el dinero lo tenga que poner el Ayuntamiento (es decir, todos los ciudadanos), tendría que ser él como responsable el que lo pagara. De esa forma pondría mayor cuidado en hacer ese trabajo.
            

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