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Archivan la causa por cohecho contra el alcalde de Palazuelos de Eresma

Zoquejo | 185 Lunes, 07 de Marzo de 2011 Tiempo de lectura:

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 5 de Segovia ha dictado el “SOBRESEIMIENTO LIBRE Y ARCHIVO DE LAS ACTIVIDADES” contra el Alcalde y el Secretario del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma ante la denuncia por cohecho realizada, en julio de 2008, por el promotor urbanístico, Manuel González Herrero.


Los hechos se relacionan con la ejecución de un proyecto de viviendas y locales en Palazuelos de Eresma por el promotor Manuel González Herrero González, representante legal de la entidad promotora Flamenca General de Inversiones S.L. y por una denuncia que este promotor puso con argumentos, pruebas y grabaciones falsas para acabar diciendo que el Alcalde, en presencia del Secretario, le había pedido un piso a cambio de unas licencias de primer uso de unas viviendas y dando a entender, además, que lo había pedido para beneficio propio, lo cual fue publicado, con esa mala intención, en algunos medios de comunicación .

Ante esta denuncia y hechas las diligencias pertinentes por el juez instructor, el pasado día 2 de Marzo de 2011, se emitió la siguiente resolución judicial:

PARTE DISPOSITIVA

“Se acuerda el SOBRESEIMIENTO LIBRE Y ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES,…”

Ante esta resolución, el Alcalde de Palazuelos de Eresma muestra su satisfacción con la misma ya que deja, bien a las claras, que en este Ayuntamiento se gestiona y se gobierna con total honestidad y legalidad, tanto por los políticos como por sus trabajadores.

Con esta sentencia, además de hacerse justicia, se restituye y recupera el honor y la credibilidad, no solo del Alcalde y del Secretario de Palazuelos de Eresma, sino de todos los Alcaldes, concejales, secretarios y empleados públicos que trabajan honesta y legalmente por sus pueblos y vecinos y que por culpa de algunas personas sin escrúpulos de ningún tipo (que los hay en todos los sitios, incluidos Ayuntamientos, promotores y medios de comunicación),  ponen en entredicho la honorabilidad y honradez de la mayoría de políticos y funcionarios, cuando la realidad es todo lo contrario.

También, la sentencia deja claro y dice textualmente que “el Alcalde con la solicitud y el Secretario con la aquiescencia, no persiguen ningún beneficio personal, ni siquiera indirecto, ni quieren un perjuicio para el interés público, sino todo lo contrario: un beneficio para el Ayuntamiento, a través del ingreso en su patrimonio de un bien destinado a servir a la cosa pública.”

Dado que en relación con estos hechos y desde que se pusieron en conocimiento público, en agosto de 2008, se han hecho, tanto por el denunciante, como por algunos medios de comunicación, así como por personas de distinto tipo, manifestaciones poniendo en duda la honestidad o en contra del honor de las personas implicadas, así como de la  legalidad de las actuaciones tramitadas en la Institución Municipal, nos reservamos el derecho de realizar las actuaciones judiciales que consideremos pertinentes.

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