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LA FORMACIÓN DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SE RETRASA AL 5 DE JULIO

El Ayuntamiento de Segovia no se conformará al tiempo que en el resto de España: Admitido el recurso de Ciudadanos

SegoviaDirecto.com | 774 Lunes, 10 de Junio de 2019 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento de Segovia no se conformará este sábado, 15 de junio, como la mayoría de ayuntamientos de España, sino el próximo 5 de julio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha admitido a trámite el recurso electoral interpuesto por Ciudadanos contra el acta de la Junta Electoral de Zona del pasado 04/06/2019, de proclamación de electos en el municipio de Segovia, en relación con las Elecciones Locales del pasado 26 de mayo

[Img #51661]En una Diligencia de Ordenación fechada en Burgos, a 10 de junio de 2019, el letrado de la Administración de Justicia, Isidro Ruiz Huidobro firma que se tiene por recibido desde la Junta Electoral de Zona de Segovia el recurso Contencioso Electoral interpuesto por Ciudadanos contra el acta del pasado 4 de junio de 2019 de dicha Junta Electoral de Zona de proclamación de electos en el municipio de Segovia, en relación con las Elecciones Locales del pasado 26 de mayo.

 

Se acompañan el expediente electoral y el informe al que se refiere el artículo 112.3 de la LOREG. Y se persona la procuradora Elena Cano Martínez en nombre y representación del partido político recurrente. Una vez finalice el plazo concedido a las candidaturas concurrentes para personarse en estas actuaciones, se acordará conforme al artículo 112.4 de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General). Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación. (Ver adjunta la Diligencia)

 

Suspendidos los dos plenos de cierre y constitución de la Corporación Municipal previstos para esta semana

 

Según el calendario de las Elecciones Locales, la fecha del Pleno constitutivo de los ayuntamientos es el 15 de junio de 2019 si no hay recurso contencioso electoral, o el 5 de julio de 2019 si se hubiese presentado recurso contencioso electoral contra la proclamación de los/las electos/tas, según el artículo 195 de la LOREG.

 

El artículo 195 de la LOREG dice en su primer apartado que “las Corporaciones municipales se constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los concejales electos, en cuyo supuesto se constituyen el cuadragésimo día posterior a las elecciones”. En consecuencia, los nuevos Ayuntamientos quedarán constituidos en Pleno el 15 de junio, si no hay contencioso electoral, o el 5 de julio, si se hubiese presentado algún recurso. En consecuencia, el Ayuntamiento de Segovia ha suspendido la celebración de los dos plenos previstos esta semana: El de cierre, que estaba programado para este miércoles, 12 de junio, y el de constitución de la Corporación el 15.

 

El recurso también retrasa la formación de la Diputación Provincial de Segovia

 

El recurso también retrasa la formación de la Diputación Provincial de Segovia. Según la legislación, una vez se hayan resuelto todos los recursos contencioso-electorales contra la proclamación de concejales electos en los municipios de la provincia, y se hayan constituido todos los Ayuntamientos, “la Junta Electoral de Zona procede inmediatamente a formar una relación de todos los partidos políticos, coaliciones, federaciones y de cada una de las agrupaciones de electores que hayan obtenido algún Concejal dentro de cada partido judicial, ordenándolos en orden decreciente al de los votos obtenidos por cada uno de ellos”. Así lo prevé el artículo 205 de la LOREG, que también contempla la asignación y distribución de puestos.

 

El siguiente paso es la constitución de la Corporación Provincial. El Reglamento de Ordenación, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales indica en su artículo 57 que “La sesión constitutiva de las Diputaciones Provinciales se celebrará en el quinto día posterior a la proclamación de los Diputados electos, a las doce horas, en la sede de dichas Corporaciones, previa entrega de las credenciales respectivas al Secretario de la Corporación”.

 

El artículo 56 de ese mismo Reglamento señala, además que “El tercer día anterior al señalado por la legislación electoral para la sesión constitutiva de la Diputación, los miembros de la misma que deban cesar, tanto del Pleno como de la Comisión de Gobierno, se reunirán en sesión convocada al solo efecto de aprobar el acta de la última sesión celebrada”.

 

 

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