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POR EL PRESUNTO DISEÑO DE UN PLAN DE PREJUBILACIONES POR MÁS DE 17 MILLONES DE EUROS

La Audiencia Provincial considera que siguen existiendo “indicios de criminalidad” por parte de los exdirectivos de Caja Segovia

SegoviaDirecto.com | 216 Martes, 19 de Diciembre de 2017 Tiempo de lectura:

La Audiencia Provincial de Segovia considera que siguen existiendo “indicios de criminalidad” por parte de los exdirectivos de Caja Segovia Elena García, Enrique Quintanilla, Atilano Soto, Manuel Agudíez, Manuel Escribano y Antonio Tapias. Seis ‘magníficos’ que se repartieron retribuciones millonarias de la entidad segoviana antes de ser disuelta en Bankia.

[Img #43900]En concreto,  en un auto fechado el 4 de diciembre de 2017,  la Audiencia Provincial ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por las representaciones de Elena García Gil, de Enrique Quintanilla Herrero, de Atilano Soto Rábanos y tres más (Manuel Agudíez, Manuel Escribano y Antonio Tapias) , contra el auto de fecha 29 de agosto de 2017, que resolvía recurso de reforma respecto del auto del 7 de marzo de 2017, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Segovia, confirmando íntegramente su contenido. ¿Qué disponía aquel auto del 7 de marzo? Encausar a los seis exdirectivos de Caja Segovia citados por diseñar presuntamente un plan de prejubilaciones en perjuicio de la entidad por más de 17 millones de euros.

 

Ante las pretensiones de los investigados, a juicio de la Sala, “lo que se pretende no es tanto recurrir en apelación la decisión de la instructora, como pretender que la Sala revise una decisión ya adoptada y que es firme”, ante lo cual, se reafirma en que “en este momento no va a revisar su resolución. Fue esta Sala la que decidió revocar el sobreseimiento libre adoptado por el instructor y ordenar la continuación de las diligencias de forma amplia y prolija por considerar que existían indicios de criminalidad contra los investigados. Aquella resolución era y es firme, por lo que la Sala en este momento no entrará en su revisión, como se pretende”.

 

Una causa que lleva abierta desde 2011

 

Respecto a la consideración como acusación particular de Fundación Caja Segovia, la Audiencia puntualiza que  “se trata de una cuestión que también fue decidida en aquel auto”. En cuanto a la práctica de más diligencias, por parte de la Sala igualmente se manifestó en su resolución que  “las diligencias previas se habían dilatado de forma excesiva en el tiempo y que debía procederse sin más dilaciones (y a fecha actual todavía no se ha dictado auto de apertura de juicio oral) y,  salvo de las diligencias de investigación que pudiesen resultar absolutamente imprescindibles, a seguir adelante con la causa. La causa lleva abierta desde el año 2011, por lo que ha transcurrido tiempo más que sobrado para que las partes hayan podido solicitar todas las diligencias de investigación que hayan tenido a bien interesar, por lo que la pretensión de realizar nuevas diligencias se considera una simple táctica dilatoria de prolongar indefinidamente el procedimiento y a ser posible introducir la mayor cantidad posible de documentación que haga más complicada la decisión sobre los hechos concretamente objeto de imputación. En este sentido no parece sino contradictorio, siempre a juicio de la Sala, que se esté solicitando el sobreseimiento libre de las actuaciones al tiempo que se está solicitando la práctica de más diligencias probatorias”.

 

Por otra parte, la Audiencia Provincial de Segovia, en otro auto fechado también el 4 de diciembre de 2017,  también ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación de Elena García Gil contra el auto de fecha 29 de agosto de 2017, que resolvía reforma del auto de 5 de abril de 2017, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Segovia.

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