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NOTA ACLARATORIA DEL PLAZO DEL ARU DE SAN JOSÉ

La Junta no establece el plazo para acabar las obras de las comunidades de propietarios de las Áreas de Regeneración Urbana

SegoviaDirecto.com | 37 Viernes, 05 de Agosto de 2016 Tiempo de lectura:

En relación a la información difundida sobre los plazos para finalizar las obras en el Área de Regeneración Urbana de San José, tras la nota aclaratoria la Delegación Territorial se informa de que en esta materia es preciso diferenciar entre dos plazos distintos y dos competencias distintas:

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Por una parte, se encuentra la competencia de la Junta de Castilla y León que es quien concede la subvención al Ayuntamiento, estableciendo el plazo para que el Ayuntamiento justifique su uso.


En el ARU de San José, este plazo se va a prorrogar hasta el 15 de noviembre: la prórroga ya se ha tramitado, faltando tan solo la aprobación final por el Consejo de Gobierno, el próximo 18 de agosto.


Esto es lo que se ha comunicado por carta oficial al Ayuntamiento de Segovia y se anunció por el consejero de Fomento y Medio Ambiente en su reciente visita.


Por otra parte, la competencia del Ayuntamiento es la gestión de la subvención recibida de la Junta, abriendo una convocatoria a las comunidades de propietarios; y la resolución de la convocatoria, adjudicando las subvenciones a las comunidades y señalando un plazo para acabar las obras.


Solo el Ayuntamiento es el competente para fijar este plazo de finalización de las obras y también para modificarlo.


Si bien parece lo lógico que una vez la Junta amplíe el plazo general hasta el 15 de noviembre, el Ayuntamiento traslade esa ampliación a las comunidades de propietarios, (de hecho, otros ayuntamientos han establecido plazos más amplios).


Por tanto, la Junta de Castilla y León no establece el plazo para acabar las obras de las comunidades de propietarios, pero sí establece el plazo general dentro del cual puede moverse el Ayuntamiento.


De modo que si la Junta de Castilla y León amplía el plazo general hasta el 15 de noviembre, nada impide que el Ayuntamiento traslade esa ampliación a las comunidades. Lo que podrá hacerse a partir del 18 de agosto, cuando el Ayuntamiento reciba la comunicación oficial de la ampliación.

 

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