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La Diputación abona 8,6 millones a los ayuntamientos como anticipo de la recaudación de sus tributos

Zoquejo.com | 47 Martes, 06 de Mayo de 2014 Tiempo de lectura:

La Diputación acaba de abonar a los ayuntamientos de la provincia 8,637.679,41 euros, en concepto de anticipo de la recaudación de sus tributos del ejercicio de 2014.

Esa cantidad representa el 25 por ciento de la recaudación neta obtenida por la institución provincial en el periodo voluntario de pago durante el anterior ejercicio, procedentes de recibos padrón y sin incluir el Impuesto de Actividades Económicas. Además, se han tenido en cuenta las minoraciones de cargos en el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana estimadas para este ejercicio, para aquellos ayuntamientos acogidos al sistema de actualización de valores catastrales previsto en el artículo 32 de la Ley del Catastro Inmobiliario.

 

El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el 25 de mayo de 2006, adoptó el acuerdo de aprobación del nuevo régimen de entregas a cuenta a las Entidades Locales de la provincia, por la recaudación de sus tributos y demás ingresos de derecho público, delegando en la Junta de Gobierno, la ordenación de los pagos que, en aplicación de los criterios determinados en dicho régimen, corresponda percibir a cada Entidad, quedando, además, facultada para interpretar las referidas normas y resolver las dudas e incidencias que pudiera plantear la aplicación efectiva de las mismas.

 

En el referido acuerdo plenario se establecía la entrega de un anticipo en el mes de abril de cada año, equivalente al 25 por 100 de la recaudación neta obtenida en el periodo voluntario de pago del ejercicio anterior, procedentes de deudas por recibos padrón. No obstante, también se preveía en este acuerdo, que los Servicios Tributarios realizarían los ajustes en la aplicación de los criterios anteriores que resultaran necesarios, con objeto de poder adaptarlos a las circunstancias propias de cada Entidad, y ajustar el sistema de anticipos a las posibles modificaciones en los conceptos y cargos puestos al cobro,  por las posibles alteraciones en los resultados de recaudación, que pudieran resultar inferiores a las estimaciones contenidas en dichos criterios.

 

De acuerdo con esta previsión, y teniendo en cuenta las oscilaciones observadas en los padrones del Impuesto sobre Actividades Económicas que se vienen produciendo de un ejercicio a otro, debido a la actual configuración del impuesto, la Diputación ha considerado conveniente modificar los criterios de percepción de anticipos del citado tributo, para evitar el pago de cantidades de las que no se tenga certeza que pudieran llegar a ser recaudadas. En aplicación de este criterio, no se ha anticipado ninguna cantidad por este impuesto, hasta tanto se tenga conocimiento cierto del montante económico de los respectivos padrones anuales. Ello sin perjuicio que una vez conocidos dichos datos, pueda regularizarse su entrega en los últimos anticipos del año.

 

Del mismo modo también se ha tenido en cuenta, en el momento de fijar el importe de los anticipos que deba percibir cada Ayuntamiento, el posible decremento en los cargos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana, que puedan producirse en el supuesto que se hubieran acogido al procedimiento de actualización de valores catastrales previsto en el artículo 32 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, conforme a la redacción introducida por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, puesto que en este caso, no resultaría aplicable el establecimiento de los tipos impositivos en el impuesto fijados en el artículo 8 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado c) del citado precepto.

 

En esta circunstancia se encuentran varios Ayuntamientos que van a ver reducidos el cargo del impuesto para el ejercicio 2014, en algunos casos en un porcentaje superior al veinte por ciento. Por ello, y a la vista de los cálculos efectuados al respecto por los Servicios Tributarios, y con la finalidad última de evitar que se efectúen anticipos por encima de las estimaciones de cobro real del impuesto, aconsejan adoptar las medidas necesarias para evitar este hecho, ajustando, por consiguiente, las entregas a cuenta a las previsiones reales de recaudación para el presente ejercicio 2014.

 

En esta sesión, la junta de gobierno de la Diputación ha tenido conocimiento del decreto de presidencia de fecha 29 de abril, por el que se ordenaba el pago de este anticipo de tributos por el procedimiento de urgencia a los ayuntamientos y entidades locales.

 

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