Este personal de Atención Primaria, anteriormente denominado “practicantes titulares”, no ha percibido dicho complemento desde 2011 debido a que la Administración autonómica utilizó en ese proceso selectivo un baremo rechazado por sentencias del TSJ de Castilla y León y el Tribunal Supremo.
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Enfermeros de Atención Primaria de Castilla y León, anteriormente llamados “practicantes titulares”, reclamarán individualmente a la Administración autonómica las cantidades que dejaron de percibir por el complemento de carrera profesional debido al error cometido por la Administración regional en el baremo del proceso selectivo que afectó a este personal en el año 2006 y que, a juicio de SATSE Castilla y León, ha provocado un gran daño personal a estos profesionales.
Una sentencia del Tribunal de Superior de Justicia de Castilla y León estableció que le baremo usado por la Administración regional en el proceso selectivo de practicantes titulares de 2006 no se ajustaba a la jurisprudencia previa (varias sentencias del Tribunal Supremo), por lo que en 2011, Función Pública retrotrajo dicho proceso a una etapa anterior al nombramiento como funcionarios de carrera y nombró interino a ese personal cuando éste ya había tomado posesión de su plaza.
Con ese nombramiento como interinos, estos profesionales enfermeros dejaron de percibir el complemento de carrera profesional, cuyo cobro estaba solamente asignado al personal fijo, mientras que si la Administración autonómica hubiera utilizado un baremo legal en ese proceso selectivo, este personal hubiera optado a su plaza como fijo desde el inicio y no hubiera dejado de percibir ese complemento.
Tras ejecutarse en 2013 la sentencia del TSJ, parte de estos profesionales recuperan su nombramiento como personal fijo y durante los 27 meses que han pasado desde la citada sentencia del TSJ, cada profesional ha dejado de percibir de 7.000 a 11.000 euros referidos a este complemento.
SATSE quiere resaltar el perjuicio personal que todas estas circunstancias han provocado a estos profesionales enfermeros afectados y que podría haberse evitado si la Administración autonómica hubiera llevado a cabo el proceso selectivo citado con un baremo legal y no como lo hizo, con un baremo que había sido rechazado por tribunales como el Supremo.






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