Un hombre es condenado a seis años de prisión por una agresión sexual cometida en Segovia tras retirar la víctima su consentimiento
SegoviaDirecto.com Miércoles, 15 de Julio de 2026La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre a seis años de prisión por un delito de agresión sexual cometido en enero de 2024, al considerar probado que continuó manteniendo relaciones sexuales con la víctima después de que esta retirara de forma expresa su consentimiento. La sentencia también le impone una multa por un delito leve de lesiones, una orden de alejamiento y comunicación durante siete años y cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión.
Según recoge la resolución judicial, los hechos ocurrieron durante la madrugada del 21 de enero de 2024. Acusado y víctima, que se conocían por amistades comunes, coincidieron en una discoteca de Segovia y posteriormente se trasladaron al domicilio del procesado, donde iniciaron de forma voluntaria una relación sexual utilizando preservativo.
La Sala considera acreditado que, en un momento del encuentro, la joven manifestó que no quería continuar, se incorporó de la cama y comenzó a llorar. En ese instante, el acusado le propinó una bofetada, la sujetó por el cuello, la obligó a tumbarse de nuevo sobre la cama y continuó la relación sexual tras quitarse el preservativo, pese a que la víctima le pidió reiteradamente que se detuviera. La sentencia señala que la mujer permaneció paralizada por el miedo hasta que finalmente pudo abandonar la vivienda.
La resolución destaca que la víctima sufrió diversas lesiones, entre ellas hematomas en ambas mamas, lesiones genitales y un cuadro de ansiedad reactiva, precisando asistencia sanitaria y seguimiento psicológico.
La Audiencia da plena credibilidad al relato de la víctima
El tribunal fundamenta la condena en la declaración de la denunciante, que considera persistente, coherente y respaldada por otros elementos de prueba. Entre ellos, las manifestaciones de un amigo que la atendió poco después de los hechos y describió el estado de shock en el que se encontraba, así como los informes médicos y forenses que acreditaron lesiones compatibles con la agresión denunciada.
La Audiencia recuerda además que, conforme a la legislación vigente y a la doctrina del Tribunal Supremo, el consentimiento puede retirarse en cualquier momento durante una relación sexual y que, una vez revocado de forma clara, cualquier continuación del acto constituye una agresión sexual.
Indemnización y medidas de protección
Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 15.600 euros: 15.000 euros por los daños morales y 600 euros por las lesiones sufridas. También se le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima durante siete años y deberá cumplir cinco años de libertad vigilada tras su salida de prisión.
Posteriormente, la Audiencia Provincial dictó un auto aclaratorio para corregir un error material contenido en la sentencia relativo al tribunal competente para conocer del recurso de apelación, precisando que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.