La Gerencia de Servicios Sociales de Segovia obligada a pagar hasta 12 000 euros por la continuidad asistencial a las enfermeras de sus centros

Varias sentencias en Segovia tramitadas a través de la asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería SATSE, reconocen de forma individual a las enfermeras de Servicios Sociales la continuidad asistencial como tiempo trabajado.

Las enfermeras de Servicios Sociales se ven obligadas a recurrir a los tribunales, que están reconociendo en sus sentencias que este tiempo que dedican cada día por encima de su jornada laboral a transmitir información sobre los residentes a los compañeros que les relevan en el turno es necesario para mantener la asistencia y debe ser reconocido retributivamente.

Varias sentencias ganadas por SATSE en Segovia están reconociendo a las enfermeras de la Gerencia de Servicios Sociales el tiempo que dedican a garantizar la continuidad asistencial, es decir el tiempo diario que emplean, por encima de su jornada laboral, a transmitir información sobre los residentes a los compañeros que les relevan en el turno, y que es necesario para mantener la asistencia y debe ser reconocido retributivamente. 
SATSE ganó en septiembre de 2018 un conflicto colectivo interpuesto en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad que reconoció como tiempo trabajado el que dedican las enfermeras que trabajan en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León a posibilitar la continuidad asistencial entre los turnos de trabajo, es decir, a intercambiar información sobre los residentes con los compañeros que las relevan en el turno de trabajo y que es imprescindible para garantizar la asistencia. 


Sin embargo, la Gerencia de Servicios Sociales no abona este tiempo a las enfermeras, que lo tienen que reclamar una a una ante los tribunales para que se les haga efectivo. 


SATSE Segovia ha ganado recientemente varias sentencias que reconocen a enfermeras de Servicios Sociales de la provincia el derecho a percibir las cantidades que por este concepto no se les han abonado ya que se considera como tiempo efectivamente trabajado.  


Además, las cantidades que la Gerencia debe abonar por este concepto a las enfermeras son cuantiosas, ya que en algunos casos superan los 12 000€. 

 

No obstante, la Gerencia de Servicios Sociales se ha negado reiteradamente a ejecutar dicha sentencia del TSJ de Castilla y León, según SATSE, y a reconocer este tiempo como trabajado, algo llamativo, cuando en esta Gerencia, los trabajadores tienen un sistema de fichaje por el que ese tiempo por encima de su jornada laboral está documentado.  


El propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictaminó en otra sentencia de noviembre de 2017 en el sentido de que la continuidad asistencial sólo la realizan las enfermeras, no otras categorías profesionales, y en la sentencia que ganó SATSE Castilla y León en septiembre de 2018 por la que se reconocía como tiempo efectivamente trabajado el dedicado a la continuidad asistencial, llegó a afirmar el TSJ “que no se puede exigir” que esa actividad de continuidad asistencial “sea realizada por los enfermeros/as de una forma altruista y gratuita, sino que debe ser retribuida como tiempo de trabajo, al ser necesaria para la continuidad de los tratamientos”. 

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